27 septiembre 2011

SEXTO CAPITULO

LOS SUJETOS ACTIVOS Y PASIVOS

1.- EL SUJETO ACTIVO

2.- EL SUJETO PASIVO

3.- LOS TERCEROS O EXENTOS





Las obligaciones del SUJETO ACTIVO son de dos: clases principales y secundarias.

Las PRINCIPALES consisten en la percepción d}o cobro de la prestación tributaria. No es un derecho del Estado percibir los impuestos, por que no es potestativo para él hacerlo, es obligatorio. Establecido por la ley un impuesto, el fisco debe cobrarlo, por que la ley tributaria obliga tanto al particular como al Estado. La falta de cumplimiento de la obligación de percibir o de cobrar los impuestos puede ser, en consecuencia, causa de responsabilidad por los daños que puede causar.

Las obligaciones SECUNDARIAS son las que tienen por objeto determinar el crédito fiscal para hacer posible su precepción, o controlar el cumplimiento de la obligación tributaria para evitar posibles evasiones.

El SUJETO PASIVO puede tener dos clases de obligaciones: principales y secundarias.

La obligacion PRINCIPAL es sólo una y consiste en pagar el impuesto.

Las obligaciones SECUNDARIAS pueden ser de tres clases:

a) DE HACER; por ejemplo: presentar avisos de iniciación de operaciones, declaraciones, llevar libros de derterminada clase o expedir determinados documentos para el debido control del impuesto, etc.

b) DE NO HACER; por ejemplo: no cruzar la línea divisoria internacional, sino por los puntos legalmente autorizados;no tener aparatos de destilación de bebidas alcohólicas sin haber dado aviso a las autoridades fiscales, no alterar o destruir los cordones, envolturas o sellos oficiales, etc.

c) DE TOLERAR; por ejemplo:permitir la practica de las visitas de inspección de los libros, locales, documentos, bodegas, etc., de la propiedad del causante.

Los TERCEROS O EXENTOS no pueden, por definición, tener la obligacion principal, sólo pueden tener obligaciones secundarias.


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27 SEPTIEMBRE 2011 0945 HRS
(GMT-06:00) Guadalajara, Ciudad de México, Monterrey

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